1.PROBLEMAS AMBIENTALES :IMPLICADOS EN LA RESOLUCIÓN
Durante cuatro horas, el servicio de agua fue suspendido. Las plantas de tratamiento del río Cauca nuevamente colapsaron.
El fuerte aguacero que emparamó al sur occidente de la ciudad el jueves a la media noche dejó durante unas horas ‘seca’ a la comunidad; ayer aproximadamente un millón de caleños amanecieron sin el servicio de acueducto.
Debido a la alta cantidad de desechos contaminantes arrastrados desde el río Cauca, las plantas de tratamiento de Puerto Mallarino y Cauca suspendieron el proceso de potabilización del líquido entre las 7:20 a.m. y las 11:00 a.m., lo que afectó al 50% de la ciudad.
De acuerdo con la Gerencia de Acueducto y Alcantarillado de Emcali, las redes de acueducto de Cali dependen en un 80% del segundo afluente más importantes del país, por lo que es común que en las temporadas de lluvias se saturen de desechos que dificultan el tratamiento del agua.
El ingeniero Alfredo Urbano, director del departamento, explicó que en estas condiciones es técnicamente imposible tratar el líquido, pues el proceso de potabilización no alcanza a garantizar que quede apto para el consumo de la comunidad.
No obstante, el gerente de Acueducto y Alcantarillado de Emcali, Jorge Enrique Ángel, aseguró que el eventual aumento de las precipitaciones en la capital del Valle no tendrá mayores efectos en el funcionamiento de las plantas de tratamiento.
En primer lugar, porque “la situación es la misma en invierno que en verano, de hecho, cuando deja de llover es cuando se acumulan los mayores problemas porque el río esta más bajo y con menos caudalidad y dilución”.
Además, según explicó el funcionario, porque Emcali está trabajando en un plan de contingencia que evite que los fenómenos climáticos y el flagelo de las basuras sigan colapsando las bocatomas de las plantas de tratamiento de Puerto Mallarino y Cauca. Estas obras múltiples tienen una inversión de $22.000 millones, y entre ellas se destaca la construcción del reservorio, un gran tanque de almacenamiento alterno que evitará que el flujo de agua sea suspendido cuando exista algún inconveniente en las plantas.
El Gerente de Acueducto y Alcantarillado de Cali le confirmó a El País que la licitación para la construcción del reservorio se realizará en los próximos días. De esta manera, a la obra se le dará vía libre en febrero y se inaugurará en julio.
Suspensión telefónica
Hoy y mañana, a partir de las 9:00 a.m. y hasta las 2:00 p.m., Emcali suspenderá el servicio telefónico en las avenidas 2 y 9 Norte, entre calles 12 y 23.
Con el fin de mejorar algunos problemas de comunicación, la empresa realizará cambios y reposición de cables en la Comuna 2.
Según la Gerencia de Telecomunicaciones, la suspensión parcial afectará a mil usuarios y fue acordada con la comunidad.
2. RESOLUCIÓN SOBRE MEDIO AMBIENTE
Cali, Octubre 24 de 2008 (MAVDT).-Ante unos 600 participantes del Congreso de la Cámara Colombiana de la Construcción CAMACOL, que se realizó en Cali, el Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Juan Lozano Ramírez, hizo una presentación de la Ley de Techo Digno, la cual fue radicada esta semana en el Congreso de la República.
Al cierre del Congreso, el presidente Álvaro Uribe dijo que "estoy preocupado por la ampliación de la construcción a nuevos perímetros porque esto no nos va a llevar a ninguna parte" Así mismo el mandatario colombiano invitó a los constructores y en general al gremio para que trabajen en equipo con el Ministro de Vivienda, Juan Francisco Lozano en proyectos de Renovación Urbana.
Finalmente, el presidente dijo que aunque por la crisis financiera, el Estado deberá "contraerse" también en inversión de obras de infraestructura, el sector de la vivienda no se verá afectado.
3.LEY QUE PROTEGE AL MEDIO AMBIENTE
Considerando segundo. Que en cumplimiento a lo ordenado por la Constitución General de la República, el 1º de marzo de 1988 entró en vigor la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente que enuncia, en sus artículos 4º y 6º, la competencia de los estados y municipios en el ámbito de sus circunscripciones territoriales en dichas materias y dispone, además, la obligación de legislar localmente tan fundamentales aspectos.
Considerando tercero. Que la diversidad geográfica que presenta el Estado de Zacatecas en razón de sus diferentes conjuntos orográficos e hidrográficos, lo ha caracterizado por la presencia de diferentes tipos de comunidades vegetales y animales que constituyen su patrimonio natural, el cual para su cuidado requiere de la actividad de la sociedad en su conjunto y del marco legislativo que la sustente, a efecto de que la creciente necesidad de producción agropecuaria, de bienes y servicios, no conduzca a un deterioro irreversible del medio ambiente, y de que el equilibrio ecológico que se ha afectado por la destrucción de bosques, la desigual distribución de la población, la descapitalización del campo, la generación e inadecuado manejo y disposición final de desechos urbanos e industriales, que han originado, entre otros, la disminución de la cantidad y calidad del agua, el empobrecimiento y contaminación de los suelos, la extinción de diversas especies de la fauna y la degradación del medio ambiente urbano, se restaure y se preserve, es necesario incidir en aquellas causas que han venido repercutiendo de manera negativa y además, sentar las bases que permitan no sólo actividades correctivas sino muy especialmente preventivas.
Normas preliminares
Artículo primero. Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social, y tiene por objeto fijar las bases para establecer:
I. La concurrencia del Estado y municipios en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente;
II. Los principios de la política ecológica estatal y la regulación de la forma y términos de su aplicación;
III. El ordenamiento ecológico local;
IV. La preservación y restauración del equilibrio ecológico y el mejoramiento del ambiente en las zonas y bienes de jurisdicción estatal;
V. La protección de las áreas naturales de la Entidad y el aprovechamiento racional de sus elementos naturales, de manera que la obtención de beneficios económicos sea congruente con el equilibrio de los ecosistemas;
VI. La prevención y control de la contaminación del aire, agua y suelo;
VII. La coordinación entre las diversas dependencias y entidades de los Gobiernos estatal y municipales, así como la participación corresponsable de la sociedad civil, en las materias que regula este ordenamiento.
Todas las demás normas estatales o municipales relativas a la materia de esta Ley se aplicarán de manera supletoria.
4.DEPARTAMENTO COMPETENTE

El Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente, DAGMA, dispone actualmente de una persona que desarrollará permanentemente labores de vigilancia, limpieza y protección en el lugar, para conservar la riqueza ecológica y motivar a la comunidad a hacer buen uso del humedal El Limonar, ubicado en calle 15 con carrera 63.
Actividades como poda del material vegetal que nazca en el humedal y deba ser retirado, cuidar que no se arrojen basuras y escombros al ecosistema, apoyar las labores de conservación que se adelantan con los habitantes de la comuna 17 y explicar a los interesados la importancia del lugar; serán las labores que cumplirá este caleño, contratado por la Autoridad ambiental para preservar un patrimonio hídrico de la ciudad, que se espera sea un Ecoparque.
Para el Departamento ambiental Municipal es muy importante recuperar estos espacios que dinamizan la biodiversidad, que son fuentes hídricas y que paisajísticamente son escenarios naturales muy llamativos pues a sus alrededores se observa gran cantidad de aves, especies animales y vegetales.
5.ESPACIOS NATURALES DE CALI
PARQUE FARALLONES DE CALI
RIO PANCE
PAISAJES Y PARQUES NATURALES